Primero—Los operadores al por mayor de productos petrolíferos deberán enviar a la Dirección General de Política Energética y Minas, todos los lunes o día hábil posterior en caso de ser festivo, la información que se recoge en el anexo de esta Orden, de todas las instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos a vehículos, que
Resoluciónde 25 de febrero de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los anexos modificados de la Orden ITC/2308/2007, de 25 de julio, por la que se determina la forma de remisión de información al Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre las actividades de
BOEA-2009-6062 Resolución de 26 de marzo de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se da publicidad a los anexos modificados de la Orden ITC/2308/2007, de 25 de julio, por la que se determina la forma de remisión de información al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, sobre las actividades de
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remision de informacion sobre productos petroliferos